
Trasvase Tajo-Segura.
El secretario de Estado promete cumplir la última sentencia del Supremo sobre el Tajo pero no aclara cómo ni cuándo
Asegura que es "la más complicada" y que está en marcha "el tratamiento para definir los términos de la ejecución de la misma".
Más información: El Supremo obliga a aplicar de forma inmediata los caudales ecológicos en el Tajo y sentencia contra su implantación escalonada
El secretario de Estado de Medio Ambiente, Hugo Morán, ha asegurado este miércoles que el Gobierno de España va a cumplir "rigurosamente" con la última sentencia del Tribunal Supremo sobre los caudales del río Tajo. Sin embargo, no ha dado más detalles de cómo y cuándo se aplicará.
Tal y como informó EL ESPAÑOL – EL DIGITAL CLM, el alto tribunal determinó el pasado mes de mayo que los caudales ecológicos del río no se pueden alcanzar de forma escalonada hasta el año 2027 como indicaba el borrador del Real Decreto, sino que deben entrar en vigor de forma inmediata.
"Es la hora de acatar y ejecutar las sentencias de los tribunales. Lo hicimos con las cinco sentencias que se dictaron en el año 2009 y lo hemos venido haciendo con las sentencias que se han dictado hasta ahora. Y esta es una más", ha asegurado Morán desde el acto de inauguración del nuevo radar meteorológico de la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet) en Almagro (Ciudad Real).
Además, ha reconocido que es "la sentencia más complicada" y, sin detallar cuándo se aplicará, ha asegurado que "en el momento en que se dictó, el Ministerio puso en marcha el tratamiento para definir los términos de la ejecución de la misma".
Sentencia del 6 de mayo
La sentencia del Supremo del 6 de mayo de 2025 declara nulas las excepciones al cumplimiento de los objetivos medioambientales en las masas de agua vinculadas a zonas protegidas, es decir, que se puedan alcanzar los caudales ecológicos en el río Tajo de forma escalonada hasta 2027. Una sentencia que abre la puerta a modificar el plan hidrológico que comenzaría este 2025.
Para el Supremo, el nuevo plan "vulnera la normativa europea de aguas". Aunque, da por bueno el escalonamiento de caudales ecológicos en tramos no amparados por figuras de protección, no los contempla en las masas afectadas por zonas protegidas de hábitats y especies en las que no se hayan identificado sus objetivos ambientales particulares. Es el caso del 100 % de las 13 masas de agua de tipo río comprendidas entre Bolarque y el embalse de Valdecañas.